La Coordinadora Estatal de Plataformas contra la Incineración de Residuos ha remitido al Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino (MIMARM) sus peticiones sobre la utilización de residuos como combustible en los hornos de cemento, una iniciativa que pretende acabar con la disparidad de criterios existente en la actualidad en las distintas Comunidades Autónomas.
La Coordinadora Estatal considera que una regulación más estricta y un control exhaustivo sería la mejor solución a los problemas ambientales que genera la combustión de residuos en cementeras, dado que muchos de los residuos que se están utilizando (neumáticos, disolventes, lodos de depuradora, harinas cárnicas, residuos industriales, etc.) con el beneplácito de la administración estatal y autonómica, provocan graves impactos ambientales y a la salud, además de quemar valiosos materiales que se podrían reutilizar o reciclar. Hay que tener en cuenta también la repercusión que la incineración de residuos tiene en la Agricultura, la Ganadería y por consiguiente, en la Alimentación.
Estas son las peticiones en cuanto a la utilización de residuos como combustible en los hornos de cemento:
El MIMARM debe velar por el cumplimiento del principio de jerarquía en la gestión de residuos. Recordamos que la ley impone el siguiente orden de prioridades: prevención o reducción, reutilización, reciclaje, valorización energética y finalmente eliminación. Por lo tanto se debería exigir que el combustible derivado de residuos no incluya ningún residuo que técnicamente pueda reutilizarse o reciclarse.
Debe articularse una efectiva coordinación entre las distintas administraciones estatales y autonómicas y deben definirse prioridades y actuaciones concretas comunes para garantizar dicha jerarquía en el marco de las Conferencias Sectoriales, que hagan económicamente viables las posibilidades técnicas existentes de reutilización y reciclaje de residuos.
Deben establecerse medidas para que las Autorizaciones Ambientales Integradas no puedan defraudar los distintos Planes Públicos de Gestión de Residuos. En la práctica, los permisos otorgados a las cementeras defraudan estos planes y las convierten en gestoras privadas de valorización. De este modo entran en competencia desleal y hacen económicamente inviable cualquier otra forma de gestión de residuos que opte por la reutilización o el reciclaje.
Los requisitos ambientales para los hornos cementeros son más permisivos que para las incineradoras de residuos. La combustión de residuos provoca la emisión a la atmósfera de sustancias de alta toxicidad para la salud, como dioxinas y furanos, y algunas sin ningún límite legal de emisión establecido, como algunos Compuestos Orgánicos Persistentes, reconocidos como extremadamente tóxicos incluso en concentraciones ínfimas.
Más información: Coordinadora Estatal de Plataformas Contra la Incineración de Residuos

María Jesús Rodríguez de Sancho
Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental
Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino
Plaza Santa Cruz s/n
28070 – Madrid
c/c Ana Rodríguez Cruz
Subdirectora General de Producción y Consumo Sostenible
Sevilla, 22 de mayo de 2009
Asunto: Incineración de residuos en hornos cementeros. Peticiones de la Coordinadora Estatal de Plataformas contra la Incineración de Residuos
En nuestra reunión del pasado 22 de abril, nos informó usted de que el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino (MIMARM) está negociando un Acuerdo Voluntario con el sector cementero, iniciativa que pretende acabar con la disparidad de criterios existentes en la actualidad.
En realidad, desde la Coordinadora Estatal de Plataformas contra la Incineración consideramos que una regulación más estricta y un control exhaustivo sería la mejor solución a los problemas ambientales que genera este sector. Muchos de los residuos que están utilizando las cementeras (neumáticos, disolventes, lodos de depuradora, harinas cárnicas, residuos industriales, etc.) con el beneplácito de la administración estatal y autonómica, provocan graves impactos ambientales y a nuestra salud y queman valiosos materiales que se podrían reutilizar o reciclar.
Recordamos que el Plan Nacional Integrado de Residuos recomienda para los neumáticos fuera de uso: 'Las Administraciones Públicas fomentarán el uso del polvo de caucho procedente del reciclado de NFU como material constituyente de diversos productos, fundamentalmente en las obras públicas y en particular, en las mezclas bituminosas para la construcción de carreteras, siempre que sea técnica y económicamente posible. Se ha estimado que la apertura de este mercado de carreteras al caucho, podría dar salida al 40% de los NFU generados”.
Como la industria ya tiene al Ministerio de Industria para defender sus intereses, esperamos que el MIMARM defienda los aspectos ambientales del acuerdo y tenga en cuenta la repercusión que la incineración de residuos tiene en la Agricultura, la Ganadería y por consiguiente, en la Alimentación, también competencias de su Ministerio y cuyo equilibro es indispensable para avanzar hacia un auténtico desarrollo sostenible (tenemos el ejemplo de países en los que se ha tenido que prohibir la comercialización de productos procedentes de los alrededores de incineradoras).
Con el propósito de colaborar y según lo convenido en la mencionada reunión, le hacemos llegar nuestras peticiones sobre la utilización de residuos como combustible en los hornos de cemento:
1. El MIMARM debe velar por el cumplimiento del principio de jerarquía en la gestión de residuos para que en la práctica no quede convertido, como hasta ahora, en una mera declaración de principios. Recordamos que la jerarquía impone el siguiente orden de prioridades: prevención o reducción, reutilización, reciclaje, valorización energética y finalmente eliminación. Por lo tanto se debería exigir que el combustible derivado de residuos no incluya ningún residuo que técnicamente pueda reutilizarse o reciclarse.
2. Pedimos que se articule una efectiva coordinación entre las distintas administraciones estatales y las de las comunidades autónomas y que se definan prioridades y actuaciones concretas comunes para establecer sistemas de gestión que garanticen el principio de jerarquía en el marco de las Conferencias Sectoriales y que hagan económicamente viables las posibilidades técnicas existentes de reutilización y reciclaje de residuos.
3. Pedimos que se establezcan medidas para que las Autorizaciones Ambientales Integradas (AAI) no puedan defraudar los distintos Planes Públicos de Gestión de Residuos. En la práctica, las AAI otorgadas a las cementeras defraudan estos planes y las convierte en gestoras privadas de valorización. De este modo entran en competencia desleal y hacen económicamente inviable cualquier otra forma de gestión de residuos que opte por la reutilización o el reciclaje, y se implanta un auténtico plan privado de gestión de los residuos que se incineran en las cementeras.
4. Que se excluya a las fábricas de cemento de los planes de reutilización de residuos (neumáticos, disolventes, lodos de depuradora, harinas cárnicas, residuos industriales, etc.) como combustible.
5. La incineración de residuos en los hornos cementeros está equiparada a la incineración de residuos y regulada por las mismas leyes, la Directiva 2000/76/CE, el Real Decreto 653/2003, el Decreto del Parlamento 323/1994 y el Convenio de Estocolmo. Sin embargo, los requisitos ambientales para este sector son más permisivos, lo que indica la especial capacidad contaminante de la incineración de residuos. Es por lo tanto una práctica a evitar en aras de la protección ambiental y de la salud pública.
6. La coincineración de residuos provoca la inevitable emisión a la atmósfera de sustancias de alta toxicidad para la salud, algunas sin ningún límite legal de emisión establecido, entre ellas algunos Compuestos Orgánicos Persistentes (COP), reconocidos como extremadamente tóxicos incluso en concentraciones ínfimas. No existe un seguimiento analítico ni la obligación de informar sobre la cantidad total de sustancias tóxicas emitidas a la atmósfera, que podrían ser incluso más elevadas que las emitidas por una incineradora de antigua generación.
7. El Convenio de Estocolmo, ratificado por España, reconoce como “fuente de elevada emisión [de COP] la coincineración de fangos de depuradora”. En este sentido, consideramos imprescindible que se apliquen de manera rigurosa las medidas que se establecen tanto en el Convenio como en el Plan Nacional de Aplicación.
En nombre de la Coordinadora Estatal de Plataformas contra la Incineración de Residuos le saluda atentamente,
Leticia Baselga
Área de Residuos de Ecologistas en Acción
Parque San Jerónimo s/n
41015 – Sevilla
Tel.Fax: 954 904 241 / 954 903 984 / 696 821 808
Coordinadora Estatal de Plataformas contra la Incineración de Residuos:
Foro contra la incineración de Tenerife
Lasarte-Oria Bizirik
Red Ciudadana de Alerta contra la Incineración
P l ataforma antiincineradora Grefacsa - La Bassa Roja
Conceyu Asturiano contra la Incineración
Grupo ecologista Sagarrak Taldea
Plataforma antiincineradora de la Vall del Ges
Guelaya – Ecologistas en acción Melilla
Septem Nostra – Ecologistas en acción Ceuta
Plataforma Montcada i Reixac
Plataforma antiincineradora Grema
Plataforma antiincineradora Valdeolea
Plataforma Bierzo Aire Limpio
Plataforma Toledo Aire Limpio
Plataforma Aire Net
Plataforma de Alcalá de Henares
Ecologistas en Acción
Coordinadora de Plataformas contra la Incineración de Euskadi
Plataformas antiincineradoras de Alacant
Greenpeace