Nota de Prensa Ecologistas en Acción de Castilla y León 8 de noviembre 2011
EL SUPREMO ANULA EL PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURAS DEL PLAN REGIONAL DE RESIDUOS INDUSTRIALES.
La Sentencia deja sin cobertura legal a una veintena de instalaciones de incineración y vertido de residuos industriales autorizadas por la Junta de Castilla y León en los últimos años.
Por sentencia de 18 de octubre de 2011, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha anulado parcialmente el Plan de Residuos Industriales de Castilla y León 2006-2010, aprobado por Decreto 48/2006, de 13 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León. Esta sentencia confirma la dictada el 22 de junio de 2007 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, y desestima el recurso interpuesto por la Junta de Castilla y León.
A la vista de la jurisprudencia europea, la sentencia recuerda que “los planes de gestión deben prever criterios de localización espacial o geográfica de los lugares de eliminación de los residuos, y por ello han de incluir un mapa que señale el emplazamiento concreto que se dará a los lugares de eliminación de los residuos o unos criterios de localización suficientemente precisos para que la autoridad competente para expedir una autorización pueda determinar si el lugar o la instalación de que se trata está incluido en el marco de la gestión prevista por el plan”.
El Tribunal Supremo ratifica que el Plan Regional de Residuos Industriales no cumple estos requisitos; aunque el Plan “recoge una serie de áreas de localización preferente a tener en cuenta la determinación que contiene es sólo aparente ya que indica tres zonas de una amplitud desmesurada en las que se pueden autorizar las instalaciones y admite, incluso, que se puedan autorizar instalaciones fuera de ellas, siempre que cumplan la reglamentación vigente que no se especifica, lo que enerva su concreción espacial o geográfica”.
Según la sentencia, de aquí “resulta el cumplimiento meramente aparente –y por ello incumplimiento- del mandato dirigido a los planes autonómico de residuos para que especifiquen los lugares y las instalaciones apropiadas para la eliminación de los residuos que establece el artículo 5.4 de la Ley 10/1998 [Ley de Residuos] aplicable al caso y esencial para la protección de la salud pública y del medio ambiente a que se orienta toda la normativa de la Unión e interna referente a residuos”. El Tribunal Supremo anula también el objetivo de regeneración de aceites de automoción contenido en el Plan, por rebajar del 65% al 40% el contenido en la legislación básica del Estado, e impone las costas judiciales a la Junta de Castilla y León.
Se confirma así la anulación del Programa de Infraestructuras del Plan de Residuos Industriales, y por lo tanto de las siguientes actuaciones amparadas en el mismo: las dos plantas de preparación de combustible a partir de residuos peligrosos de Venta de Baños (Palencia), la ampliación de los vertederos de escorias de plomo de Medina del Campo y San Esteban de Gormaz, los vertederos de las centrales térmicas de Anllares, Compostilla y La Robla (León) y Velilla del Río Carrión (Palencia), los centros de tratamiento de residuos industriales de Fresno de la Ribera (Zamora), Abajas (Burgos) y Ampudia (Palencia), el último pendiente de autorización, así como las áreas de localización preferente para estas instalaciones de vertido.
También quedan sin la cobertura del Plan las restantes instalaciones de eliminación de residuos industriales autorizadas en los últimos años en Castilla y León, como son la ampliación de la planta de tratamiento y el vertedero de residuos peligrosos de Santovenia de Pisuerga (Valladolid), el vertedero de residuos industriales de Quintanilla de Onésimo (Valladolid), las incineradoras de residuos peligrosos de Medina de Pomar (Burgos) y Carrión de los Condes (Palencia), la planta de tratamiento de residuos peligrosos de Ólvega (Soria) y los permisos de incineración de residuos en las cementeras de Toral de los Vados y La Robla (León) y Venta de Baños (Palencia).
Todas estas instalaciones suman una capacidad de incineración y tratamiento físico-químico de medio millón de toneladas anuales, repartidas a partes iguales entre residuos peligrosos y no peligrosos, y una capacidad total de vertido de 24 millones de metros cúbicos, entre ellos millón y medio para residuos peligrosos.
De manera inmediata, los ecologistas darán traslado de la sentencia a los tribunales que examinan la legalidad de los permisos concedidos por la Junta de Castilla y León a la mayor parte de estas instalaciones, que Ecologistas en Acción mantiene recurridos por no respetar las prioridades de gestión establecidas en la legislación y/o no ser necesarias para la industria regional, poniendo en peligro la salud pública y el medio ambiente. Hay que recordar que los vertederos de residuos industriales de Santovenia de Pisuerga y Fresno de la Ribera han sido autorizados por sendas leyes de las Cortes de Castilla y León para saltar por encima de resoluciones judiciales contrarias, a beneficio de Urbaser, la filial medioambiental de la constructora ACS.
La eventual anulación judicial de los permisos de todas estas instalaciones, la extinción en 2010 del periodo del Plan de Residuos Industriales, la absoluta falta de datos sobre el logro de sus objetivos de reducción y valorización y el incumplimiento de sus medidas más interesantes (no se ha creado la Oficina de Producción Limpia, no se han trasladado a las autorizaciones de las empresas los objetivos de reducción de residuos peligrosos, no se ha regulado la entrada de residuos desde otras regiones, no se ha creado la tasa de vertido, no se ha elaborado la guía de sostenibilidad de polígonos industriales, etc.) llevan a los ecologistas a calificar la política de residuos industriales de la Junta como desastrosa, limitada a favorecer a las grandes empresas del residuo aún a costa de convertir a Castilla y León en el principal destino estatal de los desechos tóxicos.
En opinión de los ecologistas, la Junta de Castilla y León ha perdido dos décadas para solucionar el problema de sus residuos industriales, dificultando la implantación de nuevas empresas y convirtiendo este tema en un conflicto social y ambiental permanente, por falta de diálogo y respeto a la normativa medioambiental.
Por ello, Ecologistas en Acción demanda la urgente redacción de un nuevo Plan de Residuos Industriales que sustituya al ya expirado, con la participación de todos los agentes interesados, que priorice de manera efectiva la reducción (en especial de los residuos peligrosos), la reutilización y el reciclado de los residuos, ponga coto al tráfico de residuos tóxicos hacia Castilla y León y determine con suficiente precisión la naturaleza y localización de las instalaciones de eliminación y valorización necesarias para los residuos de la industria de Castilla y León, como dice el Tribunal Supremo, de titularidad pública en el caso de los tóxicos.
La importancia de la sentencia trasciende el ámbito de Castilla y León, pues crea jurisprudencia en materia de residuos, obligando a los planes autonómicos a que precisen las características y criterios de localización de los vertederos e incineradoras que prevean en su territorio, a lo que se resisten la mayor parte de los gobiernos regionales para no responsabilizarse de la decisión de ubicar estas polémicas instalaciones, dejando completa libertad a las empresas privadas para que presenten los proyectos y emplazamientos que consideren adecuados, sacrificando de esta manera la seguridad a la rentabilidad de estas empresas.
Ecologistas en Acción de Castilla y León
Desde la aprobación del Plan de Residuos Industriales de Castilla y León 2006-2010, la Junta de Castilla y León ha autorizado 18 instalaciones de eliminación de residuos industriales por tratamiento físico-químico (4), incineración (5) o vertido (10), y está a punto de autorizar la más grande de todas en el municipio palentino de Ampudia, con planta físico-química, incineradora y vertedero.
En el Bierzo:
Cementos Cosmos, S.A.3 en Villadecanes 33.000 T/a – No peligrosos – Incineración
Endesa en Cubillos del Sil 6.000.000 m3 – No peligrosos – Vertedero
C.T. Anllares, A.I.E. en Páramo del Sil 6.300.000 m3 – No peligrosos – Vertedero
En el caso de algunos tipos de residuos, la capacidad de estas instalaciones es muy superior a la producción de la industria de Castilla y León, en especial respecto a los aceites usados y los neumáticos usados, lo que ha convertido a nuestra región en el principal destino del tráfico de estos desechos, a escala estatal.
Ecologistas en Acción de Castillay León
Nota de Prensa 11 de noviembre de 2011 ecologistas en accion León
PIDEN AL CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE QUE EL PRÓXIMO PLAN DE RESIDUOS INDUSTRIALES CONTEMPLE LA PROHIBICIÓN DE INCINERAR RESIDUOS PELIGROSOS Y NEUMÁTICOS.
Dada la Sentencia del Tribunal Supremo que ha anulado el Plan de Residuos Industriales de Castilla y León y ha dejando sin marco legal, por falta de planificación, a las instalaciones de tratamiento de residuos industriales, Ecologistas en Acción de la provincia de Leon se ha dirigido al Consejero de Medio Ambiente y Fomento, Sr. D. Antonio Silván, pidiéndole la paralización inmediata del procedimiento que se sigue para autorizar la coincineración de más de 100 toneladas diarias de neumáticos usados y otros residuos en La Robla.
También se ha solicitado, -a fin de prevenir riesgos innecesarios para la salud y el medio ambiente-, que el nuevo Plan de Residuos Industriales prohíba expresamente la valorización energética/incineración, tanto de residuos peligrosos como de neumáticos.
En estos momentos se está tramitando procedimiento de evaluación de impacto ambiental y nueva autorización con la que Tudela Veguín podría coincinerar hasta 260 toneladas diarias (95.000 t/año) de neumáticos usados y otros residuos, todo ello sin contar con la obligada planificación sectorial, -que debería estar previamente aprobada, como ha reconocido el alto Tribunal- y en el caso de La Robla, además, con los siguientes agravantes:
-En La Robla se han venido superando los valores límite de diversos contaminantes legalmente establecidos para proteger la salud humana. Por lo tanto nos parece un auténtico despropósito que en vez de aplicar el Principio de Precaución, se permita una actividad capaz de liberar a la atmósfera los tóxicos químicos más peligrosos conocidos –dioxinas, furanos y metales pesados-
-Quemar neumáticos no es necesario. Sin Plan de gestión de NFU se están concediendo autorizaciones para su incineración en cantidades que están muy por encima de la cantidad de NFU que se genera en esta Comunidad. Tal es así que el Plan Regional de Carreteras 2008-2020 reconoce que la práctica totalidad de los neumáticos desechados anualmente (13.000 t/año) podría reciclarse utilizando betún-caucho en la construcción y reparación de firmes. Sin embargo, las industrias del reciclado encuentran dificultades para acceder a la materia prima procedente de los NFU, dada la presión que ejerce sobre el mercado la valorización energética, avalada por autorizaciones administrativas que, como en el caso de Tudela Veguín, no solo vulneran claramente la jerarquía impuesta al tratamiento de residuos, sino que además, rebasan con creces la producción autonómica; lo que obligará a la cementera a importar NFU de otras comunidades.
-La autorización de inicio de actividad de la coincineración en La Robla, se concedió con el agravio comparativo que supone no haber aplicado los mismos criterios técnicos restrictivos que sirvieron a esta Consejería para denegar la autorización de inicio de actividad a la otra cementera de la provincia de León, Cementos Cosmos, en Toral de los Vados.
El escrito concluye solicitando información de las cantidades y procedencia de los neumáticos usados que está coincinerando Sociedad Anónima Tudela Veguín, en la cementera de La Robla.